Pedro Angulo Arana
Author: Pedro Angulo Arana
Abogado, docente universitario y pastdecano del Colegio de Abogados de Lima

criminalizan el criterioEl proyecto de Ley; “Que precisa la prisión preventiva y establece la responsabilidad de los jueces y fiscales”, pretende modificar el artículo 418 del Código Penal, creando nuevos casos de prevaricato.

Obvio que nos conduce a ser el único país del mundo, donde se criminaliza el criterio de fiscales y jueces, y ya no solamente, la emisión de pronunciamientos contrarios a la Ley o el apoyo de las resoluciones en bases esencialmente falsas, que son casos de evidente dolo, que constituyen el prevaricato.

Además, las figuras dolosas que siempre han figurado en el artículo 418 del Código Penal, establecen penas de entre tres a cinco años; pero, en las figuras nuevas, que sancionarán el criterio y los fundamentos de las prisiones preventivas, establecen penas privativas de la libertad de entre 6 a 10 años. Obvio que la sinrazón y la desproporción resultan increíbles, sobre todo, si es una norma que supuestamente busca introducir la proporcionalidad.

Así pues, se crean figuras que sancionan penalmente, situaciones tales como el solicitar o dictar la prisión preventiva, sin señalar los fundamentos de hecho y de derecho o que se emitan el pedido o la resolución, sin la observancia de los principios de legalidad, presunción de inocencia, necesidad o proporcionalidad.

Es evidente que, considerando que las defensas y los procesados, cuando se dictan medidas de prisión preventiva, no reconocen la realidad de los fundamentos, y se victimizan y desatan campañas, presentándose como inocentes, expresando que se viola su derecho, que son venganzas, o las denominan arbitrariedades y abusos, es lógico pensar que todas las prisiones preventivas, generarán denuncias por prevaricato, contra fiscales y jueces. Ello sucederá, a pesar de que sean irracionales o falsos los fundamentos, ya que no se criminaliza (por coherencia) el uso abusivo de esta novísima norma y por tanto, será fácil recurrir a ella.

Resulta evidente, que los políticos interesados en crear esta norma, quieren fiscales a sus medidas, timoratos e inútiles en su trabajo de perseguir el delito, y que cuando les digan: “Tú no sabes con quien te metes”, pidan perdón y archiven las investigaciones, lo más rápido posible. Tampoco quieren jueces que dicten prisiones.

Si recordamos que, al mismo Fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, pretendieron acusarlo constitucionalmente, por meras especulaciones, sin prueba alguna y atribuyéndole todas las cosas que se les ocurría, peor será la suerte de fiscales y jueces, después que crearan esta nueva arma normativa, para impedirles el trabajo.

Obvio que esta norma será muy bien apreciada y considerada valiosa y útil por los defensores de sicarios, narcotraficantes, secuestradores, homicidas, violadores, tratantes de personas, etc… Ello es así, puesto que también podrán denunciar a los fiscales y jueces, en los casos que apliquen las prisiones preventivas.

Pero, además, también se les amenaza con la misma pena, en los casos que se sobrepase el plazo de la prisión preventiva, sin que se dicte condena. Así pues, la demora de los procesos, que en nuestro país se origina por falta de recursos o presupuesto, se convertirá en arma contra los fiscales y jueces también, para mandarlos a prisión.

También se sanciona con la misma pena el apartamiento de los precedentes judiciales, que fueran inmotivados; pero, el problema es que siempre se podrá argumentar que resulta inmotivado, a pesar que sí tenga motivación, igual se cuestionará su presunta insuficiencia, poca motivación y afines, para denunciar a fiscales y jueces.

Por lo expuesto, se aprecia que contra lo que sucede en el exterior, que se considera que nuestros fiscales y jueces están combatiendo la corrupción y dejándonos bien, como imagen, en los procesos contra Odebrech; en el país, no se desea que luchen contra el mal, y se ha devenido a crear normas para amenazarlos, reprimirlos y reducir al mínimo sus actuaciones.

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